El marco normativo de los acuerdos colectivos no cubre las expectativas negociales de los empleados públicos sindicalizados

Con este artículo se pretende demostrar que los acuerdos colectivos tienen demasiadas restricciones de orden constitucional y legal para garantizar la participación activa de los empleados públicos en sus condiciones de trabajo. Para ello, se trae a colación la definición constitucional del concepto...

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Main Author: León Castaño, Silvio
Format: Article
Language:Spanish
Published: 2018
Subjects:
Online Access:https://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=6808315
Source:Inciso, ISSN 1794-1598, Vol. 20, Nº. 2, 2018 (Ejemplar dedicado a: Inciso), pags. 56-74
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Summary: Con este artículo se pretende demostrar que los acuerdos colectivos tienen demasiadas restricciones de orden constitucional y legal para garantizar la participación activa de los empleados públicos en sus condiciones de trabajo. Para ello, se trae a colación la definición constitucional del concepto de negociación colectiva, los contenidos de los convenios 151 y 154 de la OIT, y diferentes sentencias de la Corte Constitucional y el Consejo de Estado que tienden a mantener esas limitantes negociales. Como premisa fáctica se describe el contenido de las condiciones de empleo confeccionadas unilateralmente por la Procuraduría General de la Nación y el Ministerio de Relaciones Exteriores, y las interpretaciones restrictivas que hacen las altas cortes y la función pública al régimen de estímulos e incentivos.