Las acciones preventivas por daños cumulativos en el Derecho Internacional Público

Algunos importantes Profesores de Derecho Penal han enunciado la existencia de delitos cumulativos, aunque cada uno de ellos no tenga penalidad, o ésta sea mínima; pero que su acumulación genera responsabilidad, la que debería ser sancionada, en protección de los intereses de las generaciones futura...

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Main Author: Fernández Illanes, Samuel
Format: Article
Language:Spanish
Published: Universidad Bernardo O'Higgins 2010
Online Access:http://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=3262942
Source:Ars Boni et Aequi, ISSN 0719-2568, null 6, Nº. 2, 2010, pags. 17-38
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Summary: Algunos importantes Profesores de Derecho Penal han enunciado la existencia de delitos cumulativos, aunque cada uno de ellos no tenga penalidad, o ésta sea mínima; pero que su acumulación genera responsabilidad, la que debería ser sancionada, en protección de los intereses de las generaciones futuras. Ejemplifi can con aquellos delitos contra el medio ambiente, mediante casos de polución paulatina y sistemática. Para ellos, debería existir una responsabilidad no sólo individual sino colectiva, lo que penalmente todavía se discute. Este trabajo aborda dicha tesis, no aceptada unánimemente por el Derecho Penal, pero que sin embargo no constituye novedad para el Derecho Internacional Público, al existir la Seguridad Colectiva en las Naciones Unidas. El Consejo de Seguridad puede aplicar, aun preventivamente, medidas de solución pacífi ca de controversias de un confl icto eventual y futuro, si amenaza la Paz y Seguridad Internacionales. El punto es analizado, además, en relación a los Crímenes Internacionales y a la Responsabilidad Internacional.