Responsabilidad de Seguridad Social. El deber de comprobación y eventual exoneración en materia de contratas y subcontratas

SUPUESTO DE HECHO: Una empresa dedicada a la hostelería encarga a PRECONTE, S.L. la ejecución de obras de reforma en su establecimiento. Dicha sociedad, actuando como sujeto comitente, celebra el 14-5-2015 un contrato de ejecución de obra con HI&DA GESTIÓN EFICIENCIA ENERGÉTICA S.L. (HI&DA)....

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Main Author: Ruiz López, José María
Format: Article
Language:Spanish
Published: 2023
Online Access:https://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=9048581
Source:Temas laborales: Revista andaluza de trabajo y bienestar social, ISSN 0213-0750, Nº 167, 2023, pags. 269-288
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Summary: SUPUESTO DE HECHO: Una empresa dedicada a la hostelería encarga a PRECONTE, S.L. la ejecución de obras de reforma en su establecimiento. Dicha sociedad, actuando como sujeto comitente, celebra el 14-5-2015 un contrato de ejecución de obra con HI&DA GESTIÓN EFICIENCIA ENERGÉTICA S.L. (HI&DA). La parte contratante solicitó periódicamente los certificados del art. 42.1 ET que, con signo negativo, fueron emitidos los meses de mayo, julio, agosto, septiembre y octubre de 2015. Estos certificados contienen información sobre la reclamación de deudas, no sobre la propia existencia de las mismas. En consecuencia, a pesar del resultado negativo de los certificados, el sujeto contratista generó deudas entre agosto y octubre de 2015. Esta situación desencadenó la actuación de la ITSS con la que comienza el íter administrativo y seguidamente procesal.