El jurado de conciencia
Cada vez está más cerca el 1 de enero de 2005, fecha en la cual, según lo dispone el Acto Legislativo 03 de diciembre 19 de 2002, debe entrar a regir el nuevo sistema de procesamiento penal: el sistema acusatorio. En el acto legislativo y en el proyecto de Código de Procedimiento Penal que desarrol...
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Format: | Article |
Language: | Spanish |
Published: |
2004
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Online Access: | https://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=8572300 |
Source: | Revista Ratio Juris, ISSN 1794-6638, null 1, Nº. 1, 2004 (Ejemplar dedicado a: Julio-Diciembre), pags. 65-71 |
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Cada vez está más cerca el 1 de enero de 2005, fecha en la cual, según lo dispone el Acto Legislativo 03 de diciembre 19 de 2002, debe entrar a regir el nuevo sistema de procesamiento penal: el sistema acusatorio.
En el acto legislativo y en el proyecto de Código de Procedimiento Penal que desarrolla dicho sistema de procesamiento, si bien es cierto el Jurado de Conciencia se enuncia como uno de los órganos llamados a administrar justicia, no se le asigna esquema de funcionamiento alguno -número de integrantes, forma de elección, posesión, instalación, operatividad, etc.- como tampoco se señala qué delitos estarían sometidos al juzgamiento con participación de dicha Institución. |
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