La Constitución de 1991 y la contratación estatal: Visiones conflictivas y deficiencias en el diseño del Estado

La Constitución de 1991 determinó la obligación al Congreso de la República de expedir un estatuto general de contratación pública, razón por la cual fue expedida la Ley 80 de 1993, la cual buscó otorgar mayor autonomía a las entidades estatales para contratar los bienes y servicios, mediante la for...

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Main Author: Valencia Tello, Diana Carolina
Format: Article
Language:Spanish
Published: 2021
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Online Access:https://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=8409283
Source:Estudios de derecho, ISSN 0120-1867, Vol. 78, Nº. 172, 2021, pags. 175-196
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dialnet-ar-18-ART0001527241
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Constitución
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Estado unitario
descentralización
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Public Procurement
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contratación pública
Estado unitario
descentralización
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Public Procurement
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Contratação pública
Estado unitário
Descentralização
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Valencia Tello, Diana Carolina
La Constitución de 1991 y la contratación estatal: Visiones conflictivas y deficiencias en el diseño del Estado
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La Constitución de 1991 determinó la obligación al Congreso de la República de expedir un estatuto general de contratación pública, razón por la cual fue expedida la Ley 80 de 1993, la cual buscó otorgar mayor autonomía a las entidades estatales para contratar los bienes y servicios, mediante la formulación de principios generales, que evitaban regular el procedimiento contractual en detalle. Sin embargo, iniciando el siglo XXI, varios organismos internacionales (como la OCDE, Banco Mundial y Fondo Monetario Internacional), consideraron que debido al atraso de las infraestructuras en el mundo y, en particular, en América Latina, era necesario formular nuevas dinámicas contractuales. Desde entonces, los organismos internacionales han tenido una importante injerencia en la regulación del Sistema de Compras Públicas en Colombia (SCPC), mediante el desarrollo de diagnósticos que luego son utilizados en documentos Conpes, directivas presidenciales, decretos y resoluciones, modificando sustancialmente la Ley 80 de 1993, sin que hasta el momento se haya realizado un debate profundo al interior del Congreso sobre el estatuto general de contratación, conforme las modificaciones realizadas sobre el Sistema de Compras Públicas colombiano en las últimas décadas. El presente artículo tiene por objetivo reflexionar sobre las transformaciones que ha sufrido el SCPC y sus efectos en el diseño institucional inicialmente planteado por la Constitución de 1991.
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dialnet-ar-18-ART00015272412022-04-28La Constitución de 1991 y la contratación estatal: Visiones conflictivas y deficiencias en el diseño del EstadoValencia Tello, Diana CarolinaConstitucióncontratación públicaEstado unitariodescentralizaciónautonomíaConstitutionPublic ProcurementUnitary StateDecentralizationAutonomyConstituiçãoContratação públicaEstado unitárioDescentralizaçãoAutonomiaLa Constitución de 1991 determinó la obligación al Congreso de la República de expedir un estatuto general de contratación pública, razón por la cual fue expedida la Ley 80 de 1993, la cual buscó otorgar mayor autonomía a las entidades estatales para contratar los bienes y servicios, mediante la formulación de principios generales, que evitaban regular el procedimiento contractual en detalle. Sin embargo, iniciando el siglo XXI, varios organismos internacionales (como la OCDE, Banco Mundial y Fondo Monetario Internacional), consideraron que debido al atraso de las infraestructuras en el mundo y, en particular, en América Latina, era necesario formular nuevas dinámicas contractuales. Desde entonces, los organismos internacionales han tenido una importante injerencia en la regulación del Sistema de Compras Públicas en Colombia (SCPC), mediante el desarrollo de diagnósticos que luego son utilizados en documentos Conpes, directivas presidenciales, decretos y resoluciones, modificando sustancialmente la Ley 80 de 1993, sin que hasta el momento se haya realizado un debate profundo al interior del Congreso sobre el estatuto general de contratación, conforme las modificaciones realizadas sobre el Sistema de Compras Públicas colombiano en las últimas décadas. El presente artículo tiene por objetivo reflexionar sobre las transformaciones que ha sufrido el SCPC y sus efectos en el diseño institucional inicialmente planteado por la Constitución de 1991.The 1991 Constitution established the obligation to the Congress of the Republic to issue a general statute procurement, which is why the Law 80 of 1993 was issued to grant greater autonomy to state agencies to contract goods and services by formulating general principles, which avoided regulating the contractual procedure in detail. However, at the beginning of the 21st century, several international organizations (such as the OECD, the World Bank and the International Monetary Fund) considered that, due to the backwardness of infrastructures in the world and in particular in Latin America, it was necessary to formulate new public procurement dynamics. Since then, international organizations have had significant interference in the regulation of the Public Procurement System in Colombia through the development of diagnoses later used in Conpes documents, presidential directives, decrees and resolutions, substantially modifying Law 80 of 1993. Until now, there has been no in-depth debate within Congress on the general procurement statute, in accordance with the modifications made to the Colombian Public Procurement System (SCPC) in recent decades. This article aims to reflect on the transformations that the SCPC has undergone and their effects on the institutional design initially proposed by the 1991 Constitution.A Constituição de 1991 determinou a obrigação do Congresso da República de expedir um estatuto geral de contratação pública, razão pela qual foi sancionada a Lei 80 de 1993, a qual procurou outorgar maior autonomia às entidades estaduais para contratar os bens e serviços, através da formulação de princípios gerais, que evitavam regular o procedimento contratual em detalhes. Porém, no início do século XXI, vários organismos internacionais (como a OCDE, Banco Mundial e Fundo Monetário Internacional) consideraram que devido ao atraso das infraestruturas no mundo e particularmente na América Latina, era necessário formular novas dinâmicas contratuais. Desde então, os organismos internacionais têm tido uma importante ingerência na regulação do Sistema de Compras Públicas na Colômbia, através do desenvolvimento de diagnósticos que logo são utilizados em documentos do Conselho Nacional de Política Econômica e Social (CONPES), diretivas presidenciais, decretos e resoluções, modificando substancialmente a Lei 80 de 1993, sem que até o presente momento tenha sido realizado um debate profundo no interior do Congresso sobre o estatuto geral de contratação, conforme as modificações realizadas sobre o Sistema de Compras Públicas Colombiano (SCPC), nas últimas décadas. O presente artigo tem como objetivo, refletir sobre as transformações sofridas pelo SCPC e seus efeitos no desenho institucional inicialmente previsto pela Constituição de 1991.2021text (article)application/pdfhttps://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=8409283(Revista) ISSN 0120-1867Estudios de derecho, ISSN 0120-1867, Vol. 78, Nº. 172, 2021, pags. 175-196spaLICENCIA DE USO: Los documentos a texto completo incluidos en Dialnet son de acceso libre y propiedad de sus autores y/o editores. Por tanto, cualquier acto de reproducción, distribución, comunicación pública y/o transformación total o parcial requiere el consentimiento expreso y escrito de aquéllos. Cualquier enlace al texto completo de estos documentos deberá hacerse a través de la URL oficial de éstos en Dialnet. Más información: https://dialnet.unirioja.es/info/derechosOAI | INTELLECTUAL PROPERTY RIGHTS STATEMENT: Full text documents hosted by Dialnet are protected by copyright and/or related rights. 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