La acción contencioso administrativa en la Constitución Política del Perú de 1993

En este artículo el autor analiza la regulación de la acción contencioso administrativa en la Constitución Política del Perú de 1993, que establece en su artículo 148° lo siguiente: “Las resoluciones administrativas que causan estado son susceptibles de impugnación mediante la acción contencioso-adm...

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Detalles bibliográficos
Autores principales: Robles Moreano, Jaime Eduardo, Muñoz Ccuro, Felipa Elvira
Formato: Artículo
Idioma:Castellano
Publicado: 2021
Acceso en línea:https://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=8254991
Fuente:Lex: Revista de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Alas Peruanas, ISSN 1991-1734, Vol. 19, Nº. 28, 2021, pags. 269-278
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dialnet-ar-18-ART00015066982022-02-02La acción contencioso administrativa en la Constitución Política del Perú de 1993Robles Moreano, Jaime EduardoMuñoz Ccuro, Felipa ElviraEn este artículo el autor analiza la regulación de la acción contencioso administrativa en la Constitución Política del Perú de 1993, que establece en su artículo 148° lo siguiente: “Las resoluciones administrativas que causan estado son susceptibles de impugnación mediante la acción contencioso-administrativa”; teniendo en consideración las instituciones utilizadas en su contenido como son: “resoluciones administrativas”, “causa estado” e “impugnación”; términos que generan confusión al momento de interponer la demanda ante el Poder Judicial, que debido a la evolución de sus conceptos, deben de ser modificados. Es por ello, que con el presente trabajo se pretende advertir las consecuencias negativas que conlleva la fórmula normativa constitucional utilizada en la Carta Magna de 1993.2021text (article)application/pdf(Revista) ISSN 1991-1734https://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=8254991(Revista) ISSN 2313-1861Lex: Revista de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Alas Peruanas, ISSN 1991-1734, Vol. 19, Nº. 28, 2021, pags. 269-278spaLICENCIA DE USO: Los documentos a texto completo incluidos en Dialnet son de acceso libre y propiedad de sus autores y/o editores. Por tanto, cualquier acto de reproducción, distribución, comunicación pública y/o transformación total o parcial requiere el consentimiento expreso y escrito de aquéllos. Cualquier enlace al texto completo de estos documentos deberá hacerse a través de la URL oficial de éstos en Dialnet. Más información: https://dialnet.unirioja.es/info/derechosOAI | INTELLECTUAL PROPERTY RIGHTS STATEMENT: Full text documents hosted by Dialnet are protected by copyright and/or related rights. This digital object is accessible without charge, but its use is subject to the licensing conditions set by its authors or editors. Unless expressly stated otherwise in the licensing conditions, you are free to linking, browsing, printing and making a copy for your own personal purposes. All other acts of reproduction and communication to the public are subject to the licensing conditions expressed by editors and authors and require consent from them. Any link to this document should be made using its official URL in Dialnet. More info: https://dialnet.unirioja.es/info/derechosOAI
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En este artículo el autor analiza la regulación de la acción contencioso administrativa en la Constitución Política del Perú de 1993, que establece en su artículo 148° lo siguiente: “Las resoluciones administrativas que causan estado son susceptibles de impugnación mediante la acción contencioso-administrativa”; teniendo en consideración las instituciones utilizadas en su contenido como son: “resoluciones administrativas”, “causa estado” e “impugnación”; términos que generan confusión al momento de interponer la demanda ante el Poder Judicial, que debido a la evolución de sus conceptos, deben de ser modificados. Es por ello, que con el presente trabajo se pretende advertir las consecuencias negativas que conlleva la fórmula normativa constitucional utilizada en la Carta Magna de 1993.
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