El trabajo en la nueva economía: ¿Qué respuestas aporta al Derecho Social Internacional?
La aparición de plataformas de trabajo digital constituye una de las causas principales de transformación del mundo laboral del siglo XXI. El trabajo a través de plataformas ofrece a los trabajadores la posibilidad de trabajar en cualquier lugar (incluso desde casa), en cualquier momento, durante...
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Format: | Article |
Language: | Spanish |
Published: |
2020
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Subjects: | |
Online Access: | https://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=7464151 |
Source: | Temas laborales: Revista andaluza de trabajo y bienestar social, ISSN 0213-0750, Nº 151, 2020, pags. 219-240 |
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La aparición de plataformas de trabajo digital constituye una de las causas principales
de transformación del mundo laboral del siglo XXI. El trabajo a través de plataformas ofrece a
los trabajadores la posibilidad de trabajar en cualquier lugar (incluso desde casa), en cualquier
momento, durante el tiempo que quieran y ejecutar las tareas que les convengan. Sin embargo,
esta forma de trabajo conlleva riesgos especialmente en términos de estatus de empleo, de
ingresos, de condiciones laborales y de protección social. La voluntad de las plataformas de
ser liberadas del derecho social es un elemento central de su modelo de negocio. ¿Por eso
contribuyen a una experimentación a gran escala de la desregularización de las relaciones
laborales? Frente a eso, dentro de las instituciones internacionales, existe una clara tendencia
a favor de la vinculación con el derecho común laboral sin que se defienda explícitamente la
idea de una asimilación completa del trabajador de plataforma con el asalariado. Estas mismas
instituciones reconocen a los trabajadores de plataformas derechos colectivos, como un eje
central de protección, sea cual sea por otra parte el estatus de estos trabajadores asignado
por cada legislación nacional (asalariado, autónomo, independiente/dependiente), conllevando
una controversia con el derecho de la Unión europea. |
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