El trabajo en la nueva economía: ¿Qué respuestas aporta al Derecho Social Internacional?

La aparición de plataformas de trabajo digital constituye una de las causas principales de transformación del mundo laboral del siglo XXI. El trabajo a través de plataformas ofrece a los trabajadores la posibilidad de trabajar en cualquier lugar (incluso desde casa), en cualquier momento, durante...

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Main Author: Daugareilh, Isabelle
Format: Article
Language:Spanish
Published: 2020
Subjects:
OIT
ILO
Online Access:https://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=7464151
Source:Temas laborales: Revista andaluza de trabajo y bienestar social, ISSN 0213-0750, Nº 151, 2020, pags. 219-240
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Summary: La aparición de plataformas de trabajo digital constituye una de las causas principales de transformación del mundo laboral del siglo XXI. El trabajo a través de plataformas ofrece a los trabajadores la posibilidad de trabajar en cualquier lugar (incluso desde casa), en cualquier momento, durante el tiempo que quieran y ejecutar las tareas que les convengan. Sin embargo, esta forma de trabajo conlleva riesgos especialmente en términos de estatus de empleo, de ingresos, de condiciones laborales y de protección social. La voluntad de las plataformas de ser liberadas del derecho social es un elemento central de su modelo de negocio. ¿Por eso contribuyen a una experimentación a gran escala de la desregularización de las relaciones laborales? Frente a eso, dentro de las instituciones internacionales, existe una clara tendencia a favor de la vinculación con el derecho común laboral sin que se defienda explícitamente la idea de una asimilación completa del trabajador de plataforma con el asalariado. Estas mismas instituciones reconocen a los trabajadores de plataformas derechos colectivos, como un eje central de protección, sea cual sea por otra parte el estatus de estos trabajadores asignado por cada legislación nacional (asalariado, autónomo, independiente/dependiente), conllevando una controversia con el derecho de la Unión europea.