La supuesta donación de la capacidad reproductiva en la gestación por sustitución
En la página web de una conocida asociación de familias que recurren a la gestación subrogada como manera de acceder a la paternidad y maternidad, se describe dicha práctica del siguiente modo: “La Gestación por Sustitución (GS), Gestación Subrogada o Subrogación es una Técnica de Reproducción...
Saved in:
Main Author: | |
---|---|
Format: | Article |
Language: | Spanish |
Published: |
2019
|
Subjects: | |
Online Access: | https://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=7097146 |
Source: | DS : Derecho y salud, ISSN 1133-7400, Vol. 29, Nº. 1, 2019 (Ejemplar dedicado a: Extraordinario XXVIII Congreso 2019: Ética, innovación y transparencia en salud), pags. 169-179 |
Tags: |
Add Tag
No Tags: Be the first to tag this record
|
Summary: |
En la página web de una conocida asociación de
familias que recurren a la gestación subrogada como
manera de acceder a la paternidad y maternidad, se
describe dicha práctica del siguiente modo: “La Gestación
por Sustitución (GS), Gestación Subrogada o
Subrogación es una Técnica de Reproducción Asistida
Humana (TRHA o TRA) en la que una mujer, la
gestante, hace donación de la capacidad gestacional
de su útero”. Partiendo de esta definición, mediante
la presente comunicación se pretende analizar por
partes su correspondencia con la realidad legal y biológica:
en primer lugar si la gestación por sustitución
puede ser definida como una TRHA más, a la luz de
lo establecido en la Ley 14/2006, de 26 de mayo,
sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida
(LTRHA), en segundo lugar en qué consiste el negocio
jurídico de la donación en base a lo establecido
en la regulación de los contratos civiles, valorándose
en función de estos parámetros, la posibilidad de la
donación de una capacidad, y por último realizar una
comparativa entre la hipotética donación de la capacidad
gestacional con el actual régimen de donación
de órganos y gametos. |
---|