Instrumentos públicos en el Código Civil y Comercial de la Nación Argentina
Los instrumentos públicos están enunciados y regulados en el Código Civil y Comercial de Argentina. Resulta de interés distinguir los instrumentos públicos según el agente y el contenido por sus consecuencias y efectos; mas todo instrumento público debe reunir ciertos requisitos que son esenciales....
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2015
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dialnet-ar-18-ART00012925412018-11-03Instrumentos públicos en el Código Civil y Comercial de la Nación ArgentinaAbella, Adriana N.Código Civil y ComercialArgentinainstrumentos públicosley número 25508documento público electrónicorequisitos de validezincompetenciaCivil and Commercial CodeArgentinapublic instrumentslaw number 25508electronic public documentvalidity requirementincompetenceLos instrumentos públicos están enunciados y regulados en el Código Civil y Comercial de Argentina. Resulta de interés distinguir los instrumentos públicos según el agente y el contenido por sus consecuencias y efectos; mas todo instrumento público debe reunir ciertos requisitos que son esenciales. En especial es relevante la competencia del oficial público en razón de la materia, territorio y persona. Las causales de invalidez formal y sustancial del instrumento público se regulan en el Código nuevo con algunas innovaciones, así como la eficacia probatoria y la libre circulación en defensa de los derechos de los usuarios y consumidores, resguardado por normas Constitucionales y del Código Civil y Comercial Argentino. La firma en los instrumentos públicos y su proyección en el documento digital y electrónico se contempla con remisión a la ley especial de firma digital número 25.508.Public documents are set forth and regulated in the Civil and Commercial Code of Argentina. It is of interest to distinguish the public documents, according to the agent and the content, for their consequences and effects; but all public documents must meet certain essential requirements. The competency of public official is particularly important by reason of the subject-matter, territory and person. The grounds for invalidity and substantiality are regulated by the new Code, with some innovations; as well as the probative value, and the free movement in defense of the rights of users and consumers, protected under constitutional rules and of the Civil and Commercial Code in Argentina. The signature on public documents and its projection in digital and electronic document is envisaged with special reference to the law of digital signature number 25,508.2015text (article)application/pdfhttps://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=6630802(Revista) ISSN 1870-2147Ius : revista del Instituto de Ciencias Jurídicas de Puebla, ISSN 1870-2147, null 9, Nº. 36, 2015 (Ejemplar dedicado a: Sociedad y notariado: mirando hacia el horizonte), pags. 359-387spaLICENCIA DE USO: Los documentos a texto completo incluidos en Dialnet son de acceso libre y propiedad de sus autores y/o editores. Por tanto, cualquier acto de reproducción, distribución, comunicación pública y/o transformación total o parcial requiere el consentimiento expreso y escrito de aquéllos. Cualquier enlace al texto completo de estos documentos deberá hacerse a través de la URL oficial de éstos en Dialnet. Más información: https://dialnet.unirioja.es/info/derechosOAI | INTELLECTUAL PROPERTY RIGHTS STATEMENT: Full text documents hosted by Dialnet are protected by copyright and/or related rights. This digital object is accessible without charge, but its use is subject to the licensing conditions set by its authors or editors. Unless expressly stated otherwise in the licensing conditions, you are free to linking, browsing, printing and making a copy for your own personal purposes. All other acts of reproduction and communication to the public are subject to the licensing conditions expressed by editors and authors and require consent from them. Any link to this document should be made using its official URL in Dialnet. More info: https://dialnet.unirioja.es/info/derechosOAI
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Ius : revista del Instituto de Ciencias Jurídicas de Puebla, ISSN 1870-2147, null 9, Nº. 36, 2015 (Ejemplar dedicado a: Sociedad y notariado: mirando hacia el horizonte), pags. 359-387
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Los instrumentos públicos están enunciados y regulados en el Código Civil y Comercial de Argentina. Resulta de interés distinguir los instrumentos públicos según el agente y el contenido por sus consecuencias y efectos; mas todo instrumento público debe reunir ciertos requisitos que son esenciales. En especial es relevante la competencia del oficial público en razón de la materia, territorio y persona. Las causales de invalidez formal y sustancial del instrumento público se regulan en el Código nuevo con algunas innovaciones, así como la eficacia probatoria y la libre circulación en defensa de los derechos de los usuarios y consumidores, resguardado por normas Constitucionales y del Código Civil y Comercial Argentino. La firma en los instrumentos públicos y su proyección en el documento digital y electrónico se contempla con remisión a la ley especial de firma digital número 25.508.
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