Restablecimiento del derecho y superación del conflicto interpersonal tras el delito

“La historia de la pena es la de su continua agonía”, escribió Ihering.2 Y añadió: “Cuando crece la idea de Derecho, van muriendo las penas, pues la aplicación de medios punitivos se halla en relación inversa con la plenitud del ordenamiento jurídico y la madurez de los pueblos”.3 Ciertamente de mod...

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Main Author: Silva Sánchez, Jesús María
Format: Article
Language:Spanish
Published: 2017
Online Access:https://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=6338477
Source:Revista Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, ISSN 0120-3886, Nº. 127, 2017, pags. 495-510
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dialnet-ar-18-ART00012545762018-03-17Restablecimiento del derecho y superación del conflicto interpersonal tras el delitoSilva Sánchez, Jesús María“La historia de la pena es la de su continua agonía”, escribió Ihering.2 Y añadió: “Cuando crece la idea de Derecho, van muriendo las penas, pues la aplicación de medios punitivos se halla en relación inversa con la plenitud del ordenamiento jurídico y la madurez de los pueblos”.3 Ciertamente de modo periódico surgen movimientos que proponen una solución no jurídico-penal a los conflictos que llamamos delitos. En general, tales movimientos están regidos por criterios humanistas. Sus impulsores consideran, con razón, que el Derecho penal estatal genera una despersonalización del conflicto e incluso incrementa el resentimiento y el enfrentamiento interpersonal entre autor y víctima. Por ello, concluyen que lo razonable sería renunciar al Derecho penal público y proceder a una devolución del conflicto a la víctima y al autor –o a la sociedad- para que éstos alcancen un acuerdo entre sí: ésta es la tesis básica del abolicionismo o de las doctrinas de sustitución de la pena por una composición entre autor y víctima (Täter-Opfer-Ausgleich), etcétera.2017text (article)application/pdfhttps://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=6338477(Revista) ISSN 0120-3886Revista Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, ISSN 0120-3886, Nº. 127, 2017, pags. 495-510spaLICENCIA DE USO: Los documentos a texto completo incluidos en Dialnet son de acceso libre y propiedad de sus autores y/o editores. Por tanto, cualquier acto de reproducción, distribución, comunicación pública y/o transformación total o parcial requiere el consentimiento expreso y escrito de aquéllos. Cualquier enlace al texto completo de estos documentos deberá hacerse a través de la URL oficial de éstos en Dialnet. Más información: https://dialnet.unirioja.es/info/derechosOAI | INTELLECTUAL PROPERTY RIGHTS STATEMENT: Full text documents hosted by Dialnet are protected by copyright and/or related rights. This digital object is accessible without charge, but its use is subject to the licensing conditions set by its authors or editors. Unless expressly stated otherwise in the licensing conditions, you are free to linking, browsing, printing and making a copy for your own personal purposes. All other acts of reproduction and communication to the public are subject to the licensing conditions expressed by editors and authors and require consent from them. Any link to this document should be made using its official URL in Dialnet. More info: https://dialnet.unirioja.es/info/derechosOAI
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“La historia de la pena es la de su continua agonía”, escribió Ihering.2 Y añadió: “Cuando crece la idea de Derecho, van muriendo las penas, pues la aplicación de medios punitivos se halla en relación inversa con la plenitud del ordenamiento jurídico y la madurez de los pueblos”.3 Ciertamente de modo periódico surgen movimientos que proponen una solución no jurídico-penal a los conflictos que llamamos delitos. En general, tales movimientos están regidos por criterios humanistas. Sus impulsores consideran, con razón, que el Derecho penal estatal genera una despersonalización del conflicto e incluso incrementa el resentimiento y el enfrentamiento interpersonal entre autor y víctima. Por ello, concluyen que lo razonable sería renunciar al Derecho penal público y proceder a una devolución del conflicto a la víctima y al autor –o a la sociedad- para que éstos alcancen un acuerdo entre sí: ésta es la tesis básica del abolicionismo o de las doctrinas de sustitución de la pena por una composición entre autor y víctima (Täter-Opfer-Ausgleich), etcétera.
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