Acotaciones sobre el arbitraje societario bolivariano.

La jurisdicción arbitral es � sin duda � la mejor opción para definir o solucionar diferendos de todo tipo. Si bien es cierto, la aplicabilidad de aquella vía se limita a materias de orden dispositivo, esto es, que sea de libre disponibilidad y que guarde relación � únicamente � entre las partes, o...

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Main Author: Haderspock, Brian
Format: Article
Language:Spanish
Published: Del Blanco Editores 2015
Online Access:https://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=5355280
Source:Riedpa: Revista Internacional de Estudios de Derecho Procesal y Arbitraje, ISSN 1989-3892, Nº. 3, 201515 pags.
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Summary: La jurisdicción arbitral es � sin duda � la mejor opción para definir o solucionar diferendos de todo tipo. Si bien es cierto, la aplicabilidad de aquella vía se limita a materias de orden dispositivo, esto es, que sea de libre disponibilidad y que guarde relación � únicamente � entre las partes, o sea, que la cuestión y/o el resultado no afecte los intereses de terceras personas. De manera específica, el arbitraje en materia societario torna interesante, empero, su aplicación en dicha esfera es inusual � en Bolivia � además que sus normas � reguladas por nuestro Código de Comercio � dejan un vacío notable en cuanto a qué puede someterse al arbitraje en materia de sociedades.