Cabidas y cabuyas

l. - Un predio rústico puede venderse o arrendarse con relación a su cabida. Si ésta fuere mayor o menor que la declarada, habrá lugar a aumento o diminución del precio, y en ciertos casos aun al desistimiento del contrato (artículos 1887, 1888 y 2036 del C. C.).II. - Qué es predio rústico? Olvidó e...

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Detalles bibliográficos
Autor principal: Moreno Jaramillo, Miguel
Formato: Artículo
Idioma:Castellano
Publicado: 1951
Materias:
Acceso en línea:https://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=5212374
Fuente:Revista Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, ISSN 0120-3886, Nº. 5-6, 1951, pags. 73-83
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