Introducción al régimen inglés de los contratos públicos
Dentro del sistema jurídico inglés, uno de los campos que más se ha visto afectado en los últimos tiempos ha sido, sin duda, la contratación pública. Uno de los aspectos en que se han producido mayores cambios es el de la discrecionalidad de las entidades adjudicadoras, que es precisamente una de la...
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Format: | Article |
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Centro de Estudios Políticos y Constitucionales
2014
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Online Access: | http://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=4792839 |
Source: | Revista de administración pública, ISSN 0034-7639, Nº 194, 2014, pags. 411-435 |
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dialnet-ar-18-ART0000832204
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dialnet-ar-18-ART00008322042016-04-13Introducción al régimen inglés de los contratos públicosCodina García-Andrade, Xaviercontratación públicadiscrecionalidadInglaterrapublic procurementdiscretionary powersEnglandDentro del sistema jurídico inglés, uno de los campos que más se ha visto afectado en los últimos tiempos ha sido, sin duda, la contratación pública. Uno de los aspectos en que se han producido mayores cambios es el de la discrecionalidad de las entidades adjudicadoras, que es precisamente una de las características del sistema. El alto grado de discrecionalidad se ve como medio para alcanzar el objetivo de mayor eficiencia en la contratación. Sin embargo, en los últimos tiempos dicha discrecionalidad ha sido acotada no sólo por la recepción del régimen europeo de contratos, sino también por la jurisprudencia, que ha creado un conjunto de principios generales que limitan dicha libertad. En el presente artículo se pretende arrojar luz sobre la evolución vivida por el sistema de contratos inglés. Over the past few decades, the field of public procurement has evolved as an important subject within the English legal system. Traditionally the contracting authorities have enjoyed broad discretionary powers inasmuch as contracting was considered a private activity; discretion also allows the contracting authorities to obtain value for money, which is the main objective of the domestic procurement system. However, certain elements seem to be changing this perception of discretion as an absolute feature of public procurement. Thus, both European Directives and Courts’ case law are curtailing the broad discretion of contracting officers. The article sheds light onto this evolution.Centro de Estudios Políticos y Constitucionales2014text (article)application/pdfhttp://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=4792839(Revista) ISSN 0034-7639Revista de administración pública, ISSN 0034-7639, Nº 194, 2014, pags. 411-435spaLICENCIA DE USO: Los documentos a texto completo incluidos en Dialnet son de acceso libre y propiedad de sus autores y/o editores. Por tanto, cualquier acto de reproducción, distribución, comunicación pública y/o transformación total o parcial requiere el consentimiento expreso y escrito de aquéllos. Cualquier enlace al texto completo de estos documentos deberá hacerse a través de la URL oficial de éstos en Dialnet. Más información: http://dialnet.unirioja.es/info/derechosOAI | INTELLECTUAL PROPERTY RIGHTS STATEMENT: Full text documents hosted by Dialnet are protected by copyright and/or related rights. This digital object is accessible without charge, but its use is subject to the licensing conditions set by its authors or editors. Unless expressly stated otherwise in the licensing conditions, you are free to linking, browsing, printing and making a copy for your own personal purposes. All other acts of reproduction and communication to the public are subject to the licensing conditions expressed by editors and authors and require consent from them. Any link to this document should be made using its official URL in Dialnet. More info: http://dialnet.unirioja.es/info/derechosOAI
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Dentro del sistema jurídico inglés, uno de los campos que más se ha visto afectado en los últimos tiempos ha sido, sin duda, la contratación pública. Uno de los aspectos en que se han producido mayores cambios es el de la discrecionalidad de las entidades adjudicadoras, que es precisamente una de las características del sistema. El alto grado de discrecionalidad se ve como medio para alcanzar el objetivo de mayor eficiencia en la contratación. Sin embargo, en los últimos tiempos dicha discrecionalidad ha sido acotada no sólo por la recepción del régimen europeo de contratos, sino también por la jurisprudencia, que ha creado un conjunto de principios generales que limitan dicha libertad. En el presente artículo se pretende arrojar luz sobre la evolución vivida por el sistema de contratos inglés.
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