La inconstitucionalidad por omisión: ¿cauce de tutela de los derechos de naturaleza socioeconómica

El reconocimiento constitucional de los derechos de segunda y tercera generación, incorporados en ba­ se a criterios sociales y económicos, plantea la pro­ blemática del diseño de mecanismos eficaces para garantizarlos. Este tipo de derechos se protegen de manera mucho más operativa con medidas legi...

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Main Author: Fernández Segado, Francisco
Format: Article
Language:Spanish
Published: 1995
Online Access:https://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=5109752
Source:THEMIS: Revista de Derecho, ISSN 1810-9934, Nº. 31, 1995 (Ejemplar dedicado a: Derecho de la Empresa), pags. 153-172
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dialnet-ar-18-ART00007978222016-09-16La inconstitucionalidad por omisión: ¿cauce de tutela de los derechos de naturaleza socioeconómicaFernández Segado, FranciscoEl reconocimiento constitucional de los derechos de segunda y tercera generación, incorporados en ba­ se a criterios sociales y económicos, plantea la pro­ blemática del diseño de mecanismos eficaces para garantizarlos. Este tipo de derechos se protegen de manera mucho más operativa con medidas legislativas de promoción que con intervenciones de los órganos jurisdiccionales, a pesar de la evidente im­ portancia de éstas. En la práctica es frecuente, sin embargo, que los poderes del estado no desarrollen legislativamente los derechos de segunda y tercera generación, a pesar de la existencia de un mandato expreso en el propio texto constitucional. Nos en­ contramos entonces ante la problemática de la in­ constitucionalidad por omisión.El doctor Fernández Segado desa"dla a lo largo del presente artículo el concepto de inconstitucio­ nalidad por omisión, su aplicación por los tribuna­ les europeos y su inclusión en las constituciones de Brasil y Portugal. Además, analiza la novedosa fi­gura procesal del «mandado de injuncao», que a pe­sar de tener la misma finalidad de la acción de in­ constitucionalidad  por  omisión, guarda notables diferencias con ésta.1995text (article)application/pdfhttps://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=5109752(Revista) ISSN 1810-9934THEMIS: Revista de Derecho, ISSN 1810-9934, Nº. 31, 1995 (Ejemplar dedicado a: Derecho de la Empresa), pags. 153-172spaLICENCIA DE USO: Los documentos a texto completo incluidos en Dialnet son de acceso libre y propiedad de sus autores y/o editores. Por tanto, cualquier acto de reproducción, distribución, comunicación pública y/o transformación total o parcial requiere el consentimiento expreso y escrito de aquéllos. Cualquier enlace al texto completo de estos documentos deberá hacerse a través de la URL oficial de éstos en Dialnet. Más información: https://dialnet.unirioja.es/info/derechosOAI | INTELLECTUAL PROPERTY RIGHTS STATEMENT: Full text documents hosted by Dialnet are protected by copyright and/or related rights. This digital object is accessible without charge, but its use is subject to the licensing conditions set by its authors or editors. Unless expressly stated otherwise in the licensing conditions, you are free to linking, browsing, printing and making a copy for your own personal purposes. All other acts of reproduction and communication to the public are subject to the licensing conditions expressed by editors and authors and require consent from them. Any link to this document should be made using its official URL in Dialnet. More info: https://dialnet.unirioja.es/info/derechosOAI
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El reconocimiento constitucional de los derechos de segunda y tercera generación, incorporados en ba­ se a criterios sociales y económicos, plantea la pro­ blemática del diseño de mecanismos eficaces para garantizarlos. Este tipo de derechos se protegen de manera mucho más operativa con medidas legislativas de promoción que con intervenciones de los órganos jurisdiccionales, a pesar de la evidente im­ portancia de éstas. En la práctica es frecuente, sin embargo, que los poderes del estado no desarrollen legislativamente los derechos de segunda y tercera generación, a pesar de la existencia de un mandato expreso en el propio texto constitucional. Nos en­ contramos entonces ante la problemática de la in­ constitucionalidad por omisión.El doctor Fernández Segado desa"dla a lo largo del presente artículo el concepto de inconstitucio­ nalidad por omisión, su aplicación por los tribuna­ les europeos y su inclusión en las constituciones de Brasil y Portugal. Además, analiza la novedosa fi­gura procesal del «mandado de injuncao», que a pe­sar de tener la misma finalidad de la acción de in­ constitucionalidad  por  omisión, guarda notables diferencias con ésta.
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