Constitución de Comité de Seguridad y Salud: sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo social), de 25 de julio de 2013
SUPUESTO DE HECHO: La Federación de Servicios de la Unión General de Trabajadores (FES-UGT) interpuso demanda sobre conflicto colectivo frente al Banco de Caja España de Inversiones Salamanca y Soria, CC.OO., CSICA y Unión de Empleados de Ahorro, ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, s...
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Autor principal: | |
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Formato: | Artículo |
Idioma: | Castellano |
Publicado: |
Consejo Andaluz de Relaciones Laborales
2014
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Acceso en línea: | http://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=4764313 |
Fuente: | Temas laborales: Revista andaluza de trabajo y bienestar social, ISSN 0213-0750, Nº 124, 2014, pags. 219-226 |
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dialnet-ar-18-ART00007934422016-04-13Constitución de Comité de Seguridad y Salud: sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo social), de 25 de julio de 2013Cachero, María del JuncoSUPUESTO DE HECHO: La Federación de Servicios de la Unión General de Trabajadores (FES-UGT) interpuso demanda sobre conflicto colectivo frente al Banco de Caja España de Inversiones Salamanca y Soria, CC.OO., CSICA y Unión de Empleados de Ahorro, ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, solicitando que el Banco reconozca la obligación de constituir Comités de Seguridad y Salud en los centros de trabajo con 50 o más trabajadores, designando para ello, la empresa, sus representantes en dichos Comités1. La Audiencia Nacional dicta Sentencia estimando la demanda de conflicto colectivo, declarando la obligación de constituir Comités de Seguridad y Salud en los centros de trabajo cuyos censos sean de 50 trabajadores o más y obligando al Banco a nombrar sus representantes en dichos Comités. El Banco interpone recurso de casación contra la Sentencia de la Audiencia Nacional, que el Tribunal Supremo desestima2Consejo Andaluz de Relaciones Laborales2014text (article)application/pdfhttp://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=4764313(Revista) ISSN 0213-0750Temas laborales: Revista andaluza de trabajo y bienestar social, ISSN 0213-0750, Nº 124, 2014, pags. 219-226spaLICENCIA DE USO: Los documentos a texto completo incluidos en Dialnet son de acceso libre y propiedad de sus autores y/o editores. Por tanto, cualquier acto de reproducción, distribución, comunicación pública y/o transformación total o parcial requiere el consentimiento expreso y escrito de aquéllos. Cualquier enlace al texto completo de estos documentos deberá hacerse a través de la URL oficial de éstos en Dialnet. Más información: http://dialnet.unirioja.es/info/derechosOAI | INTELLECTUAL PROPERTY RIGHTS STATEMENT: Full text documents hosted by Dialnet are protected by copyright and/or related rights. This digital object is accessible without charge, but its use is subject to the licensing conditions set by its authors or editors. Unless expressly stated otherwise in the licensing conditions, you are free to linking, browsing, printing and making a copy for your own personal purposes. All other acts of reproduction and communication to the public are subject to the licensing conditions expressed by editors and authors and require consent from them. Any link to this document should be made using its official URL in Dialnet. More info: http://dialnet.unirioja.es/info/derechosOAI
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SUPUESTO DE HECHO: La Federación de Servicios de la Unión General de Trabajadores (FES-UGT) interpuso demanda sobre conflicto colectivo frente al Banco de Caja España de Inversiones Salamanca y Soria, CC.OO., CSICA y Unión de Empleados de Ahorro, ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, solicitando que el Banco reconozca la obligación de constituir Comités de Seguridad y Salud en los centros de trabajo con 50 o más trabajadores, designando para ello, la empresa, sus representantes en dichos Comités1. La Audiencia Nacional dicta Sentencia estimando la demanda de conflicto colectivo, declarando la obligación de constituir Comités de Seguridad y Salud en los centros de trabajo cuyos censos sean de 50 trabajadores o más y obligando al Banco a nombrar sus representantes en dichos Comités. El Banco interpone recurso de casación contra la Sentencia de la Audiencia Nacional, que el Tribunal Supremo desestima2
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