Orden público y mediación en los litigios de trabajo
En líneas generales, el articulo analiza la naturaleza jurídica y la fuerza obligatoria del acuerdo de mediación, en caso de que dicho acuerdo sea homologado por un juez. Asimismo, analiza las garantías que debe ofrecer el procedimiento de mediación, como el derecho a la libre elección, por las part...
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Format: | Article |
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Consejo Andaluz de Relaciones Laborales
2003
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Online Access: | http://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=801994 |
Source: | Temas laborales: Revista andaluza de trabajo y bienestar social, ISSN 0213-0750, Nº 70, 2003 (Ejemplar dedicado a: Mediación y Arbitraje en los Conflictos Laborales en homenaje al profesor Manuel Alonso Olea), pags. 85-96 |
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dialnet-ar-18-ART0000677879
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dialnet-ar-18-ART00006778792016-04-13Orden público y mediación en los litigios de trabajoPetit, FrançoisEn líneas generales, el articulo analiza la naturaleza jurídica y la fuerza obligatoria del acuerdo de mediación, en caso de que dicho acuerdo sea homologado por un juez. Asimismo, analiza las garantías que debe ofrecer el procedimiento de mediación, como el derecho a la libre elección, por las partes en conflicto, del mediador, la confidencialidad de sus declaraciones, así como el carácter imparcial del mediador, estableciendo, por otro lado, cuáles son sus competencias y responsabilidades. El autor defiende, dando una serie de argumentos, la utilización de la mediación como alternativa a la vía judicial, pero deja claro que las partes en conflicto, en tal caso, se sitúan en una posición de debilidad frente al mediador, lo que le lleva a propugnar la asistencia letrada en el procedimiento de mediación. A lo largo del estudio, se observa que el autor propugna la aplicación y el respeto de las reglas de orden público en el procedimiento de mediación.Consejo Andaluz de Relaciones Laborales2003text (article)application/pdfhttp://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=801994(Revista) ISSN 0213-0750Temas laborales: Revista andaluza de trabajo y bienestar social, ISSN 0213-0750, Nº 70, 2003 (Ejemplar dedicado a: Mediación y Arbitraje en los Conflictos Laborales en homenaje al profesor Manuel Alonso Olea), pags. 85-96spaLICENCIA DE USO: Los documentos a texto completo incluidos en Dialnet son de acceso libre y propiedad de sus autores y/o editores. Por tanto, cualquier acto de reproducción, distribución, comunicación pública y/o transformación total o parcial requiere el consentimiento expreso y escrito de aquéllos. Cualquier enlace al texto completo de estos documentos deberá hacerse a través de la URL oficial de éstos en Dialnet. Más información: http://dialnet.unirioja.es/info/derechosOAI | INTELLECTUAL PROPERTY RIGHTS STATEMENT: Full text documents hosted by Dialnet are protected by copyright and/or related rights. This digital object is accessible without charge, but its use is subject to the licensing conditions set by its authors or editors. Unless expressly stated otherwise in the licensing conditions, you are free to linking, browsing, printing and making a copy for your own personal purposes. All other acts of reproduction and communication to the public are subject to the licensing conditions expressed by editors and authors and require consent from them. Any link to this document should be made using its official URL in Dialnet. More info: http://dialnet.unirioja.es/info/derechosOAI
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Temas laborales: Revista andaluza de trabajo y bienestar social, ISSN 0213-0750, Nº 70, 2003 (Ejemplar dedicado a: Mediación y Arbitraje en los Conflictos Laborales en homenaje al profesor Manuel Alonso Olea), pags. 85-96
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En líneas generales, el articulo analiza la naturaleza jurídica y la fuerza obligatoria del acuerdo de mediación, en caso de que dicho acuerdo sea homologado por un juez. Asimismo, analiza las garantías que debe ofrecer el procedimiento de mediación, como el derecho a la libre elección, por las partes en conflicto, del mediador, la confidencialidad de sus declaraciones, así como el carácter imparcial del mediador, estableciendo, por otro lado, cuáles son sus competencias y responsabilidades. El autor defiende, dando una serie de argumentos, la utilización de la mediación como alternativa a la vía judicial, pero deja claro que las partes en conflicto, en tal caso, se sitúan en una posición de debilidad frente al mediador, lo que le lleva a propugnar la asistencia letrada en el procedimiento de mediación. A lo largo del estudio, se observa que el autor propugna la aplicación y el respeto de las reglas de orden público en el procedimiento de mediación.
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