El federalismo alemán ante la integración europea
Los conocidos problemas que plantea la participación en la integración europea a los órdenes políticamente descentralizados habían sido abordados por el federalismo alemán antes de esta reforma, si bien de forma parcial y con escasa eficacia. La nueva normativa busca paliar las deficiencias existent...
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Hizkuntza: | Gaztelania |
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Junta de Andalucía: Instituto Andaluz de Administración Pública
2006
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Sarrera elektronikoa: | https://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=2319782 |
Baliabidea: | Revista de derecho constitucional europeo, ISSN 1697-7890, Nº. 6, 2006, pags. 195-222 |
Etiketak: |
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dialnet-ar-18-ART00001841162016-09-15El federalismo alemán ante la integración europeaAlguacil González-Aurioles, JorgeLos conocidos problemas que plantea la participación en la integración europea a los órdenes políticamente descentralizados habían sido abordados por el federalismo alemán antes de esta reforma, si bien de forma parcial y con escasa eficacia. La nueva normativa busca paliar las deficiencias existentes. Por lo que respecta a la fase ascendente de creación del Derecho europeo, se reducen las competencias en las que los Länder pueden participar directamente. La reforma del apartado tercero del artículo 53 LF pretende facilitar la adopción rápida y ágil de decisiones. En la fase descendente o de ejecución del Derecho europeo parece lógico instaurar un sistema de responsabilidades, si bien el objetivo no debería ser la distribución de responsabilidades, sino el aseguramiento del cumplimiento de la obligación, en su caso mediante instrumentos del federalismo cooperativo. Si la participación de los Länder en el déficit general de Alemania es evidente, parece claro que ellos deben asumir también parte de la responsabilidad por la infracción compartida.Junta de Andalucía: Instituto Andaluz de Administración PúblicaUniversidad de Granada: Departamento de Derecho Constitucional2006text (article)application/pdfhttps://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=2319782(Revista) ISSN 1697-7890Revista de derecho constitucional europeo, ISSN 1697-7890, Nº. 6, 2006, pags. 195-222spaLICENCIA DE USO: Los documentos a texto completo incluidos en Dialnet son de acceso libre y propiedad de sus autores y/o editores. Por tanto, cualquier acto de reproducción, distribución, comunicación pública y/o transformación total o parcial requiere el consentimiento expreso y escrito de aquéllos. Cualquier enlace al texto completo de estos documentos deberá hacerse a través de la URL oficial de éstos en Dialnet. Más información: https://dialnet.unirioja.es/info/derechosOAI | INTELLECTUAL PROPERTY RIGHTS STATEMENT: Full text documents hosted by Dialnet are protected by copyright and/or related rights. This digital object is accessible without charge, but its use is subject to the licensing conditions set by its authors or editors. Unless expressly stated otherwise in the licensing conditions, you are free to linking, browsing, printing and making a copy for your own personal purposes. All other acts of reproduction and communication to the public are subject to the licensing conditions expressed by editors and authors and require consent from them. Any link to this document should be made using its official URL in Dialnet. More info: https://dialnet.unirioja.es/info/derechosOAI
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Los conocidos problemas que plantea la participación en la integración europea a los órdenes políticamente descentralizados habían sido abordados por el federalismo alemán antes de esta reforma, si bien de forma parcial y con escasa eficacia. La nueva normativa busca paliar las deficiencias existentes. Por lo que respecta a la fase ascendente de creación del Derecho europeo, se reducen las competencias en las que los Länder pueden participar directamente. La reforma del apartado tercero del artículo 53 LF pretende facilitar la adopción rápida y ágil de decisiones. En la fase descendente o de ejecución del Derecho europeo parece lógico instaurar un sistema de responsabilidades, si bien el objetivo no debería ser la distribución de responsabilidades, sino el aseguramiento del cumplimiento de la obligación, en su caso mediante instrumentos del federalismo cooperativo. Si la participación de los Länder en el déficit general de Alemania es evidente, parece claro que ellos deben asumir también parte de la responsabilidad por la infracción compartida.
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