Positivismo y iusnaturalismo en la jurisprudencia romana clásica

La polémica entre Positivismo e lusnaturalismo Jurídico, más que un asunto de orden jurídico es una controversia de carácter filosófico. Por este motivo, entre los romanos, probablemente, no había avanzado mucho esta inquietud, o por lo menos, quizá, no habría interesado a la mayoría de los juristas...

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Main Author: Rodríguez Gallón, Víctor
Format: Article
Language:Spanish
Published: 1982
Subjects:
Online Access:https://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=5317913
Source:Revista Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, ISSN 0120-3886, Nº. 57, 1982, pags. 211-218
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Summary: La polémica entre Positivismo e lusnaturalismo Jurídico, más que un asunto de orden jurídico es una controversia de carácter filosófico. Por este motivo, entre los romanos, probablemente, no había avanzado mucho esta inquietud, o por lo menos, quizá, no habría interesado a la mayoría de los juristas profundizar sobre el tema, solo habría sido tratado con detenimiento por ciertas individualidades, como fue el caso de Cicerón. Esta clase de discusiones pertenecen fundamentalmente al espíritu griego. Fueron ellos quienes delinearon la teoría del Derecho natural y sembraron esa profunda inquietud en la Cultura de Occidente. Las divergencias entre "iusnaturalistas" y "positivistas" obedecen a sus correspondientes posiciones frente a la metafísica. Es lógico que si el pensamiento metafísico se considera superado, como lo afirmaba Augusto Comte, todo lo que tenía fundamento en él perdía automáticamente su vigencia. "La idea del Derecho natural logra aceptación general sólo en épocas en que la metafísica, reina de las ciencias, ocupa el primer lugar. Por el contrario, pierde terreno o se eclipsa cuando el ser... y el deber, la Moralidad y el Derecho, aparecen separados; cuando la esencia de las cosas y su orden ontológico son considerados como incognoscibles". (H. Rommen, The natural law, trad. pag.129). "Toda genuina filosofía del Derecho natural. .. tiene que ser sin reservas de carácter ontológico. Ha de referirse a la naturaleza de la existencia en general, pues sólo a la luz de tal análisis básico puede ser comprendida con mayor claridad la estructura moral de la vida humana". (Wild, Plato's Modern Enemies and the Theory of Natural Law, trad. pag. 72). (…)