Las causas de la discriminación o la movilidad de un concepto

Aborda el presente trabajo, en dos bloques principales, la construcción y evolución de los conceptos que sirven de base a la prohibición de discriminación a través de los procesos de tutela de los derechos fundamentales. Así, y de un lado, se analizan los principales tratados y declaraciones interna...

Descripción completa

Guardado en:
Detalles bibliográficos
Autor principal: Fernández López, María Fernanda
Formato: Artículo
Idioma:Castellano
Publicado: Consejo Andaluz de Relaciones Laborales 2009
Acceso en línea:http://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=2886369
Fuente:Temas laborales: Revista andaluza de trabajo y bienestar social, ISSN 0213-0750, Nº 98, 2009, pags. 11-57
Etiquetas: Añadir etiqueta
Sin etiquetas: Sea el primero en etiquetar este registro
Sumario: Aborda el presente trabajo, en dos bloques principales, la construcción y evolución de los conceptos que sirven de base a la prohibición de discriminación a través de los procesos de tutela de los derechos fundamentales. Así, y de un lado, se analizan los principales tratados y declaraciones internacionales, tanto mundiales y regionales como generales o sectoriales, en los que se prevén definiciones acerca de la raza, la religión, la libertad ideológica, el sexo�género, la lengua, la posición económica, el nacimiento, la discapacidad o la edad como motivos prohibidos en los que se puede basar una desigualdad de trato, ya sea con carácter absoluto, ya relativo, en función de las restricciones de otros derechos y libertades que ello conlleva. Como conclusión principal, y fruto sobre todo de su tratamiento jurisprudencial, se colige el enriquecimiento y la movilidad de sus contenidos, más allá de su literalidad o sentido originario en el momento en que se proclamaron. La construcción dogmática de esta primera parte sirve de base para el análisis de contraste, principalmente de las Directivas UE del año 2000, sobre igualdad y no discriminación por diferentes causas, en el sentido de verificar el estado de la cuestión en la doctrina del TJCE, así como en los textos normativos del derecho comunitario.