La conception du droit de propiété en Vasconie Continentale sous l'Ancien Régime
Los vascos, afincados en sus tierras desde la más remota antigüedad, han conseravado el régimen natural de la propiedad indivisa de las tierras adaptándolo a su modo de vida, el pastoreo. La tierra vasca heredada de los ancestros se mantuvo unida hasta finales del Antiguo Régimen, resistiendo los nu...
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Format: | Article |
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Fundación para el Estudio del Derecho Histórico y Autonómico de Vasconia, FEDHAV
2004
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Online Access: | http://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=1368676 |
Source: | Iura vasconiae: revista de derecho histórico y autonómico de Vasconia, ISSN 1699-5376, Nº. 1, 2004, pags. 161-184 |
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dialnet-ar-18-ART0000622078
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dialnet-ar-18-ART00006220782016-04-13La conception du droit de propiété en Vasconie Continentale sous l'Ancien RégimeLafourcade, MaïtéDerecho CivilIparraldeAntiguo RégimenSucesiónPropiedadPropiedad privadaPropiedad colectivaPatrimonioLos vascos, afincados en sus tierras desde la más remota antigüedad, han conseravado el régimen natural de la propiedad indivisa de las tierras adaptándolo a su modo de vida, el pastoreo. La tierra vasca heredada de los ancestros se mantuvo unida hasta finales del Antiguo Régimen, resistiendo los numerosos ataques de los que fue objeto por parte de los señores locales, particularmente en Navarra y de la Monarquía francesa. Estas tierras indivisas pertenecían al conjunto de los habitantes de las parroquias en Lapurdi, de los pueblos o valles en Baja Navarra y a todo el país en Zuberoa. Eran gestionadas, de una forma muy democrática, por la asamblea capitular formada por los señores de la parroquia en Lapurdi, por la Corte general del país o del valle en Baja Navarra, y por el Silviet en Zuberoa, hasta su supresión en 1730. Las tierras de las casas que contaban con pertenencias y dependencias eran propiedad de toda la familia; todos tenían derecho a vivir o permanecer en ellas hasta el día de su muerte. Su gestión corría a cargo de una pareja por cada generación, formada por el hijo mayor (sin distinción de sexo) y su cónyuge, y ambas parejas ostentaban los mismos derechos en su calidad de copropietarios. Se hacían responsables de todos los miembros de la familia, así como de la totalidad de los bienes, que debían transmitir a la siguiente generación en su integridad. Esta concepción del derecho de propiedad creaba fuertes lazos de solidaridad entre los individuos, que en todo momento anteponían el interés de la comunidad frente al suyo propio. Este fenómeno explicaría el excepcional éxito que han alcanzado las cooperativas en el País Vasco.Fundación para el Estudio del Derecho Histórico y Autonómico de Vasconia, FEDHAV2004text (article)application/pdfhttp://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=1368676(Revista) ISSN 1699-5376Iura vasconiae: revista de derecho histórico y autonómico de Vasconia, ISSN 1699-5376, Nº. 1, 2004, pags. 161-184freLICENCIA DE USO: Los documentos a texto completo incluidos en Dialnet son de acceso libre y propiedad de sus autores y/o editores. Por tanto, cualquier acto de reproducción, distribución, comunicación pública y/o transformación total o parcial requiere el consentimiento expreso y escrito de aquéllos. Cualquier enlace al texto completo de estos documentos deberá hacerse a través de la URL oficial de éstos en Dialnet. Más información: http://dialnet.unirioja.es/info/derechosOAI | INTELLECTUAL PROPERTY RIGHTS STATEMENT: Full text documents hosted by Dialnet are protected by copyright and/or related rights. This digital object is accessible without charge, but its use is subject to the licensing conditions set by its authors or editors. Unless expressly stated otherwise in the licensing conditions, you are free to linking, browsing, printing and making a copy for your own personal purposes. All other acts of reproduction and communication to the public are subject to the licensing conditions expressed by editors and authors and require consent from them. Any link to this document should be made using its official URL in Dialnet. More info: http://dialnet.unirioja.es/info/derechosOAI
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Los vascos, afincados en sus tierras desde la más remota antigüedad, han conseravado el régimen natural de la propiedad indivisa de las tierras adaptándolo a su modo de vida, el pastoreo. La tierra vasca heredada de los ancestros se mantuvo unida hasta finales del Antiguo Régimen, resistiendo los numerosos ataques de los que fue objeto por parte de los señores locales, particularmente en Navarra y de la Monarquía francesa. Estas tierras indivisas pertenecían al conjunto de los habitantes de las parroquias en Lapurdi, de los pueblos o valles en Baja Navarra y a todo el país en Zuberoa. Eran gestionadas, de una forma muy democrática, por la asamblea capitular formada por los señores de la parroquia en Lapurdi, por la Corte general del país o del valle en Baja Navarra, y por el Silviet en Zuberoa, hasta su supresión en 1730. Las tierras de las casas que contaban con pertenencias y dependencias eran propiedad de toda la familia; todos tenían derecho a vivir o permanecer en ellas hasta el día de su muerte. Su gestión corría a cargo de una pareja por cada generación, formada por el hijo mayor (sin distinción de sexo) y su cónyuge, y ambas parejas ostentaban los mismos derechos en su calidad de copropietarios. Se hacían responsables de todos los miembros de la familia, así como de la totalidad de los bienes, que debían transmitir a la siguiente generación en su integridad. Esta concepción del derecho de propiedad creaba fuertes lazos de solidaridad entre los individuos, que en todo momento anteponían el interés de la comunidad frente al suyo propio. Este fenómeno explicaría el excepcional éxito que han alcanzado las cooperativas en el País Vasco.
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