La relación directa de las Comunidades Autónomas con la Unión Europea: Las oficinas autonómicas en Bruselas
Las oficinas de las Comunidades Autónomas en Bruselas se insertan en el conjunto de instrumentos a través de los que se produce la participación autonómica en asuntos relativos a la Unión Europea y comparten con el resto de esos instrumentos, tanto los de carácter interno como externo, el elemento c...
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Autor principal: | |
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Formato: | Artículo |
Idioma: | Castellano |
Publicado: |
Universidad de La Rioja
2009
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Materias: | |
Acceso en línea: | https://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=3785885 |
Fuente: | Anuario jurídico de La Rioja, ISSN 1135-7096, Nº 14, 2009, pags. 83-116 |
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Las oficinas de las Comunidades Autónomas en Bruselas se insertan en el conjunto de instrumentos
a través de los que se produce la participación autonómica en asuntos relativos a la
Unión Europea y comparten con el resto de esos instrumentos, tanto los de carácter interno
como externo, el elemento común de su perfeccionamiento progresivo. En el caso de las oficinas
en Bruselas ese perfeccionamiento ha llevado desde la creación de las mismas por medio de figuras
de Derecho Privado a una normalización de las mencionadas oficinas, con su integración en
las administraciones autonómicas respectivas, y de las relaciones con la Administración General
del Estado.
En un momento de crisis económica y reducción del déficit como es el actual se escuchan
voces, y algo más, que proclaman el carácter superfluo de dichas oficinas. Sin embargo, las funciones
que éstas desempeñan tienen relevancia de cara al adecuado ejercicio de sus competencias
por parte de las Comunidades Autónomas por lo que su mantenimiento parece conveniente,
eso sí con una adecuación de sus costes a parámetros razonables para el desempeño de sus
funciones. Para mostrar la utilidad de esas oficinas se repasan tanto las funciones de las mismas,
como su inserción en las correspondientes administraciones autonómicas y los mecanismos de
coordinación existentes tanto con la Administración General del Estado como de las oficinas
entre sí, todo ello con la convicción de la utilidad de este instrumento, especialmente en épocas
de dificultad en las que la Unión Europea adquiere más relevancia si cabe para que las Comunidades
Autónomas garanticen de la mejor manera los servicios que sus administrados les
demandan. |
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