Aplicación del sistemismo a cuestiones específicas del proceso penal mexicano. El tema del principio acusatorio

La finalidad de este trabajo es determinar si el "principio acusatorio" contenido en el proceso penal mexicano es suficiente para encuadrarlo dentro de los sistemas denominados acusatorios. Esto obedece a que no hay un referente puntual teórico ni práctico, para clasificarle como acusatori...

Deskribapen osoa

Gorde:
Xehetasun bibliografikoak
Egile Nagusiak: García Rosas, Elías, Ávila Benítez, Luis
Formatua: Artikulua
Hizkuntza:Gaztelania
Argitaratua: Universidad del Norte: Ediciones Uninorte 2009
Gaiak:
Sarrera elektronikoa:https://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=3648014
Baliabidea:Revista de derecho: División de Ciencias Jurídicas de la Universidad del Norte, ISSN 0121-8697, Nº. 32, 200919 pags.
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Laburpena: La finalidad de este trabajo es determinar si el "principio acusatorio" contenido en el proceso penal mexicano es suficiente para encuadrarlo dentro de los sistemas denominados acusatorios. Esto obedece a que no hay un referente puntual teórico ni práctico, para clasificarle como acusatorio o inquisitorio, con lo cual se origina confusión al momento de su sistematización. Para el estudio se empleó la teoría de sistemas autorreferenciales de Niklas Luhmann y su método funcional, y se llevó a cabo una indagación documental mediante la observación de segundo orden, según lo propone dicho autor. Todo esto bajo una concepción epistemológica de índole constructivista. Mediante la observación efectuada se fijan los elementos sistémicos procesales, que son los órganos acusatorio, defensivo y decisorio. A partir de ello se logra la determinación operativa del sistema, apreciación de sus límites, entorno, sentido, contenido estructural, programa y autorreferencia. Sobre la operatividad, se encontró que la estructura sistémica, afectada por la división funcional de los organismos acusatorio y decisorio según el programa legal derivado de la normatividad relacionada, es un indicador suficiente para considerar que el sistema procesal penal mexicano, al ser autorreferente, actúa invariablemente en seguimiento de la directriz acusatoria, lo que permite estimarle un sistema acusatorio.