TY - JOUR T1 - Medidas sanitarias y fitosanitarias en la Organización Mundial del Comercio A1 - Trujillo Cabrera, Juan PB - Universidad Libre YR - 2010 UL - http://biblioteca.ararteko.eus/Record/dialnet-ar-18-ART0000368366 AB - Con éste artículo se busca analizar el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, aprobado en el marco de la Organización Mundial del Comercio y considerar los avances que en éste campo, se ha producido para el Derecho Económico Internacional. El artículo emplea los métodos analítico y comparativo de investigación. Para el efecto, fue necesario revisar los Derechos y obligaciones de los Estados miembros, la armonización del Derecho Interno con el de la OMC, la equivalencia de medidas entre Estados miembros, la evaluación del riesgo y determinación del nivel adecuado de protección sanitaria o fitosanitaria, la adaptación a las condiciones regionales, con inclusión de las zonas libres de plagas o enfermedades y las zonas de escasa prevalencia de plagas o enfermedades; el principio de transparencia, los procedimientos de control, inspección y aprobación; la asistencia técnica; procedimientos de control, inspección y aprobación; trato especial y diferenciado; consultas y solución de diferencias y administración. Como hallazgos pudo establecerse las reglas básicas para la normativa sobre inocuidad de los alimentos y salud de los animales y preservación de los vegetales, que ha permitido estandarizar las prácticas sobre la materia, creando un sano reglamento internacional, y otros avances, tales como la inclusión de medidas sanitarias y fitosanitarias; la adopción íntegra de las normas del antiguo GATT en materia de inocuidad de los alimentos y control sanitario de los animales y los vegetales; la autorización a los países de establecer sus propias normas, siempre que las reglamentaciones estén basadas en principios científicos; la no discriminación arbitraria o injustificable, entre países en que prevalezcan condiciones idénticas o similares; el establecimiento de normas más rigurosas basadas en una evaluación apropiada de los riesgos; la aplicación del �principio de precaución�; la aplicación por cada Estado, de normas y métodos diferentes para la inspección de los productos; la reciprocidad de trato entre Estados, en caso que un país exportador demuestre que las medidas que aplica a sus exportaciones, logran el mismo nivel de protección sanitaria que las del país importador; y la publicación de avisos previos, por cada Estado, de los reglamentos sanitarios y fitosanitarios nuevos o de las modificaciones de los ya existentes. KW - Medidas sanitarias KW - fitosanitarias KW - Organización Mundial del Comercio KW - INVIMA KW - salud pública KW - Sanitary KW - phytosanitary KW - World Trade Organization KW - public health ER -