Medidas sanitarias y fitosanitarias en la Organización Mundial del Comercio

Con éste artículo se busca analizar el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, aprobado en el marco de la Organización Mundial del Comercio y considerar los avances que en éste campo, se ha producido para el Derecho Económico Internacional. El artículo emplea los métodos...

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Main Author: Trujillo Cabrera, Juan
Format: Article
Language:Spanish
Published: Universidad Libre 2010
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Online Access:http://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=3295811
Source:Diálogos de saberes: investigaciones y ciencias sociales, ISSN 0124-0021, Nº. 32, 2010, pags. 231-240
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Trujillo Cabrera, Juan
Medidas sanitarias y fitosanitarias en la Organización Mundial del Comercio
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Con éste artículo se busca analizar el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, aprobado en el marco de la Organización Mundial del Comercio y considerar los avances que en éste campo, se ha producido para el Derecho Económico Internacional. El artículo emplea los métodos analítico y comparativo de investigación. Para el efecto, fue necesario revisar los Derechos y obligaciones de los Estados miembros, la armonización del Derecho Interno con el de la OMC, la equivalencia de medidas entre Estados miembros, la evaluación del riesgo y determinación del nivel adecuado de protección sanitaria o fitosanitaria, la adaptación a las condiciones regionales, con inclusión de las zonas libres de plagas o enfermedades y las zonas de escasa prevalencia de plagas o enfermedades; el principio de transparencia, los procedimientos de control, inspección y aprobación; la asistencia técnica; procedimientos de control, inspección y aprobación; trato especial y diferenciado; consultas y solución de diferencias y administración. Como hallazgos pudo establecerse las reglas básicas para la normativa sobre inocuidad de los alimentos y salud de los animales y preservación de los vegetales, que ha permitido estandarizar las prácticas sobre la materia, creando un sano reglamento internacional, y otros avances, tales como la inclusión de medidas sanitarias y fitosanitarias; la adopción íntegra de las normas del antiguo GATT en materia de inocuidad de los alimentos y control sanitario de los animales y los vegetales; la autorización a los países de establecer sus propias normas, siempre que las reglamentaciones estén basadas en principios científicos; la no discriminación arbitraria o injustificable, entre países en que prevalezcan condiciones idénticas o similares; el establecimiento de normas más rigurosas basadas en una evaluación apropiada de los riesgos; la aplicación del �principio de precaución�; la aplicación por cada Estado, de normas y métodos diferentes para la inspección de los productos; la reciprocidad de trato entre Estados, en caso que un país exportador demuestre que las medidas que aplica a sus exportaciones, logran el mismo nivel de protección sanitaria que las del país importador; y la publicación de avisos previos, por cada Estado, de los reglamentos sanitarios y fitosanitarios nuevos o de las modificaciones de los ya existentes.
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dialnet-ar-18-ART00003683662016-04-13Medidas sanitarias y fitosanitarias en la Organización Mundial del ComercioTrujillo Cabrera, JuanMedidas sanitariasfitosanitariasOrganización Mundial del ComercioINVIMAsalud públicaSanitaryphytosanitaryWorld Trade OrganizationINVIMApublic healthCon éste artículo se busca analizar el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, aprobado en el marco de la Organización Mundial del Comercio y considerar los avances que en éste campo, se ha producido para el Derecho Económico Internacional. El artículo emplea los métodos analítico y comparativo de investigación. Para el efecto, fue necesario revisar los Derechos y obligaciones de los Estados miembros, la armonización del Derecho Interno con el de la OMC, la equivalencia de medidas entre Estados miembros, la evaluación del riesgo y determinación del nivel adecuado de protección sanitaria o fitosanitaria, la adaptación a las condiciones regionales, con inclusión de las zonas libres de plagas o enfermedades y las zonas de escasa prevalencia de plagas o enfermedades; el principio de transparencia, los procedimientos de control, inspección y aprobación; la asistencia técnica; procedimientos de control, inspección y aprobación; trato especial y diferenciado; consultas y solución de diferencias y administración. Como hallazgos pudo establecerse las reglas básicas para la normativa sobre inocuidad de los alimentos y salud de los animales y preservación de los vegetales, que ha permitido estandarizar las prácticas sobre la materia, creando un sano reglamento internacional, y otros avances, tales como la inclusión de medidas sanitarias y fitosanitarias; la adopción íntegra de las normas del antiguo GATT en materia de inocuidad de los alimentos y control sanitario de los animales y los vegetales; la autorización a los países de establecer sus propias normas, siempre que las reglamentaciones estén basadas en principios científicos; la no discriminación arbitraria o injustificable, entre países en que prevalezcan condiciones idénticas o similares; el establecimiento de normas más rigurosas basadas en una evaluación apropiada de los riesgos; la aplicación del �principio de precaución�; la aplicación por cada Estado, de normas y métodos diferentes para la inspección de los productos; la reciprocidad de trato entre Estados, en caso que un país exportador demuestre que las medidas que aplica a sus exportaciones, logran el mismo nivel de protección sanitaria que las del país importador; y la publicación de avisos previos, por cada Estado, de los reglamentos sanitarios y fitosanitarios nuevos o de las modificaciones de los ya existentes.This article analyzes the Agreement on the Application of Sanitary and Phytosanitary Measures adopted in the framework of the World Trade Organization and to consider the progress in this field has been produced for the International Economic Law. The article uses the analytical and comparative methods of research. For the purpose it was necessary to review the rights and obligations of the Member States, harmonization of law with the WTO, the equivalence of measures between Member States, the risk assessment and determining the appropriate level of sanitary or phytosanitary , adaptation to regional conditions, including pest-free areas or diseases and areas of low pest or disease prevalence, the principle of transparency, control procedures, inspection and approval, technical assistance, monitoring procedures, inspection and approval, special and differential treatment, consultation and dispute settlement and administration. The conclusions that could be established are the ground rules for the regulation of food safety and animal health and plant, which has allowed to standardize the practice on the field, creating a sound international rules, and other advances, such as the inclusion sanitary and phytosanitary measures, the full adoption of the old GATT rules on food safety and sanitary control of animals and plants, such authorization to countries to set their own rules, provided that the regulations are based on scientific principles, the arbitrary or unjustifiable discrimination between countries where identical or similar conditions prevail, the establishment of higher standards based on appropriate assessment of risks; applying the �precautionary principle�, the application by each State , rules and methods for inspecting different products, the reciprocity of treatment between countries, if an exporting country demonstrates that the measures applied to exports, achieve the same level of health protection than the importing country and publication of advance notice for each State for the new sanitary and phytosanitary regulations or modifications of existing ones.Universidad Libre2010text (article)application/pdfhttp://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=3295811(Revista) ISSN 0124-0021Diálogos de saberes: investigaciones y ciencias sociales, ISSN 0124-0021, Nº. 32, 2010, pags. 231-240spaLICENCIA DE USO: Los documentos a texto completo incluidos en Dialnet son de acceso libre y propiedad de sus autores y/o editores. 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