La distribución de competencias entre el estado y las comunidades autónomas en materia de energías renovables
El presente trabajo tiene por objeto analizar la distribución de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas en materia de energías renovables. Partiendo de la delimitación competencial prevista en la legislación estatal, en la primera parte del trabajo se describe el reparto de las com...
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Format: | Article |
Language: | Spanish |
Published: |
Generalitat de Catalunya: Institut d'Estudis Autonòmics
2010
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Subjects: | |
Online Access: | https://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=3210450 |
Source: | Revista d'estudis autonòmics i federals, ISSN 1886-2632, Nº. 10, 2010, pags. 286-329 |
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El presente trabajo tiene por objeto analizar la distribución de competencias
entre el Estado y las comunidades autónomas en materia de energías renovables.
Partiendo de la delimitación competencial prevista en la legislación
estatal, en la primera parte del trabajo se describe el reparto de las competencias
referidas a la producción de energía eléctrica en régimen especial.
En la segunda parte se examina una serie de supuestos prácticos que permiten
conocer algunos problemas de actualidad. El primero se refiere al derecho
de acceso de los productores en régimen especial a las redes de distribución
y, en particular, a cómo algunos procedimientos autonómicos pueden
afectar al ejercicio de tal derecho, de competencia estatal. También se analiza
el caso de ciertos concursos autonómicos de adjudicación de potencia
eólica que utilizan mecanismos de dudosa compatibilidad con el orden de
distribución de competencias y algunos de los principios sustantivos que informan
la regulación vigente del sector energético. A propósito de una sentencia
reciente del Tribunal Constitucional (STC 136/2009), se examina también
la distribución competencial en materia de subvenciones a las energías renovables.
Finalmente, se abordan otras dos cuestiones controvertidas: la
inspección de plantas fotovoltaicas a través de la Comisión Nacional de Energía,
y la creación del llamado Registro de preasignación de retribución. |
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