La reforma penal de la falsificación, tráfico y uso ilícito de tarjetas bancarias

El presente trabajo pretende exponer algunas de las novedades previstas en el Proyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código penal, presentado en el Congreso el pasado 15 de enero de 2007. Concretamente, se analizarán las propuestas de reforma...

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Main Author: García Noguera, Isabel
Format: Article
Language:Spanish
Published: Universitat Oberta de Catalunya 2007
Subjects:
TIC
Online Access:https://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=2372620
Source:IDP: revista de Internet, derecho y política = revista d'Internet, dret i política, ISSN 1699-8154, Nº. 5, 2007
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Summary: El presente trabajo pretende exponer algunas de las novedades previstas en el Proyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código penal, presentado en el Congreso el pasado 15 de enero de 2007. Concretamente, se analizarán las propuestas de reforma relacionadas con la falsificación, el tráfico y el uso ilícito de las tarjetas de crédito y débito, cuyo tratamiento jurídico-penal provoca algunas dificultades interpretativas. En efecto, el panorama actual obliga, en ocasiones, a elegir entre la impunidad que deriva de la estricta aplicación del principio de legalidad y la adaptación forzada de los tipos tradicionales a situaciones nuevas para los que no estaban realmente pensados, con el consiguiente riesgo para los principios de legalidad penal y proporcionalidad que ello puede suponer. Teniendo en cuenta que estos principios constituyen no sólo el límite extrínseco, sino también, y sobre todo, el fundamento intrínseco de la intervención penal, debe evitarse que los cambios que implican las formas emergentes de delincuencia desarrolladas en el contexto de la sociedad de la información se traduzcan en una interpretación excesivamente extensiva del tipo penal. Así, toda vez que existe un proyecto de reforma que podría aliviar estas tensiones, corresponde plantearse si la misma otorga cobertura suficiente a los supuestos de falsificación, tráfico y uso ilícito de tarjetas y si las futuras disposiciones pueden afectar a la calificación jurídico-penal de conductas como la manipulación de tarjetas auténticas o la extracción ilícita de dinero metálico en cajeros automáticos.