La cara oscura de las relaciones familiares: la protección internacional del niño frente a los miembros de su propia familia

El establecimiento de la vida humana alrededor de estructuras familiares continúa siendo el denominador común en todas las sociedades. Este hecho no puede ser ignorado por el Derecho Internacional, que se enfrenta a la delimitación y regulación de esas estructuras. Por ello, es necesario que el Orde...

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Detalles bibliográficos
Formato: Artículo
Idioma:Castellano
Publicado: Universidad de Extremadura: Servicio de Publicaciones 2004
Acceso en línea:http://dialnet.unirioja.es/servlet/oaiart?codigo=1096672
Fuente:Anuario de la Facultad de Derecho, ISSN 0213-988X, Nº 22, 2004, pags. 133-158
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Sumario: El establecimiento de la vida humana alrededor de estructuras familiares continúa siendo el denominador común en todas las sociedades. Este hecho no puede ser ignorado por el Derecho Internacional, que se enfrenta a la delimitación y regulación de esas estructuras. Por ello, es necesario que el Ordenamiento Jurídico Internacional conjugue, para proteger de forma efectiva los derechos de los niños, los estándares mínimos establecidos en cuanto a los derechos del niño,con los diferentes conceptos y estructuras familiares que existen, ya que, en el seno de la familia, tenga esta la estructura y composición que tenga, el niño es la parte más débil frente a las personas encargadas de cuidarle. Los niños empiezan a salir, por fin, de la invisibilidad que venían ocupando en el Derecho Internacional, y tienen derechos que pueden esgrimir frente al Estado y también frente a sus padres o cuidadores.